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Es la auténtica ley del embudo en cuestión de pensiones. Mientras el Gobierno ha abierto el debate sobre la ampliación de 65 a 67 años en la edad para jubilarse, así como sobre el aumento del periodo cotizado para determinar la cuantía de la pensión, de 15 a 25 años, —propuesta en la que el Ejecutivo ya ha dado marcha atrás—, los diputados nacionales y senadores aprobaron en 2006 un reglamento de pensiones parlamentarias que les asegura justamente lo contrario: La reducción del tiempo necesario para tener derecho a pensión y grandes facilidades para conseguir que ésta, además, sea por la cuantía máxima.
El jugoso acuerdo tuvo en aquel verano de 2006 a las Corts Valencianes como alumna aventajada, ya que a finales de ese año el órgano rector del Parlamento valenciano se apresuró a aprobar un acuerdo idéntico al de Madrid. La Cámara la presidía entonces Julio de España pero el acuerdo fue unánime y el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, tampoco hizo objeción alguna. Según fuentes parlamentarias, la valenciana fue, de hecho, la única Cámara que «importó» la medida, que hizo así de conejillo de indias. Sin embargo, mientras la norma de ámbito nacional está en vigor y aplicándose en las Cortes Generales, en las Corts se encuentra paralizada ante el serio riego de ilegalidad que pesa sobre una medida que se adoptó pese a los informes contrarios de los servicios jurídicos de la institución, al entender, que un Parlamento regional no tiene competencias para aprobar iniciativas sobre pensiones.





